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Lo que no se puede hacer en Cajicá en 2026: nuevo comparendo ambiental

Desde este 2026, el municipio de Cajicá implementa una actualización integral del comparendo ambiental, una medida que busca fortalecer la cultura ciudadana y reforzar la protección del medio ambiente y la salud pública.

La nueva reglamentación quedó establecida en el Decreto Municipal 222 del 27 de noviembre de 2025, el cual reemplaza la normativa vigente desde 2017 y ajusta el marco local a lo dispuesto en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Con esta actualización, el alcance del comparendo ambiental se amplía y ya no se limita únicamente al manejo de basuras.

Un enfoque ambiental más amplio

El decreto define el comparendo ambiental como una herramienta preventiva y correctiva orientada a reducir el impacto de las actividades humanas sobre el entorno. A partir de su entrada en vigencia, se incluyen acciones relacionadas con la protección del suelo, el aire, el agua, la flora y la fauna, así como el uso adecuado del sistema de alcantarillado.

Uno de los cambios más relevantes involucra a los establecimientos que manipulan alimentos, como restaurantes, hoteles, panaderías, cafeterías, hospitales y centros comerciales. Estos deberán contar con trampas de grasa instaladas conforme al Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS), realizar mantenimientos periódicos, llevar registros de control y disponer los residuos exclusivamente a través de gestores autorizados.

Nuevas obligaciones en el manejo de residuos

La norma también establece responsabilidades específicas para los usuarios del servicio de aseo. Entre ellas se encuentra sacar los residuos con un máximo de tres horas de anticipación al horario de recolección, realizar la separación en la fuente de acuerdo con el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) y utilizar recipientes adecuados, priorizando los envases retornables. Asimismo, se reglamenta el manejo de residuos provenientes del barrido de andenes y frentes de predios.

Conductas que pueden generar sanciones

El decreto contempla una serie de comportamientos que podrán ser sancionados mediante el comparendo ambiental, entre los que se destacan:

  • Arrojar residuos o escombros en el espacio público.

  • Contaminar ríos, quebradas u otras fuentes hídricas.

  • Realizar quemas sin autorización.

  • Talar flora silvestre sin los permisos correspondientes.

  • Mantener fauna silvestre como mascota.

  • Afectar el sistema de alcantarillado mediante vertimientos inadecuados.

El incumplimiento de estas disposiciones podrá derivar en medidas correctivas que incluyen multas económicas y la participación obligatoria en programas pedagógicos orientados a la protección ambiental.

Con esta actualización, la administración municipal busca no solo sancionar conductas inadecuadas, sino promover una mayor conciencia ciudadana sobre el cuidado del entorno y la corresponsabilidad en la preservación de los recursos naturales.

Fuente: Alcaldía de Cajicá

Foto por: turismocajica.gov.co

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La Guia Cundinamarca


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ISSN: 2805-9700
Titulo: LAGUIACUNDINAMARCA.COM
Editor: LA GUÍA CUNDINAMARCA
Ciudad: Bogotá
Periodicidad: Diaria
Formato: Recurso Electrónico en línea
Fecha de asignación: 17/03/2022