Fotografía por: Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
La CAR fortalece su lucha contra la tenencia ilegal de fauna silvestre en Cundinamarca
Ya se han impuesto 46 sanciones por tenencia y comercialización de especies protegidas.
La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR avanza en la aplicación de su estrategia integral contra la tenencia ilegal de fauna silvestre, una práctica que continúa representando un riesgo para la biodiversidad del departamento.
A la fecha, la entidad ha impuesto 46 sanciones por infracciones ambientales relacionadas con este delito, particularmente por casos de tenencia de aves como el loro frente azul, el loro frentiamarillo y distintas especies de guacamayas, entre otras.
La CAR recuerda que la captura, tenencia, movilización o comercialización de fauna silvestre está prohibida por la normativa ambiental colombiana, y puede acarrear sanciones administrativas y penales. Según la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024, las multas pueden llegar hasta los cien mil salarios mínimos mensuales legales vigentes. Adicionalmente, la Ley 2111 de 2021 establece penas de hasta 11 años de prisión por delitos contra la fauna.
“Cada proceso sancionatorio es evaluado caso por caso por profesionales de la CAR, quienes analizan factores como el estado del animal, su edad, la especie, las condiciones en las que fue hallado y el contexto social de la persona que lo tenía en cautiverio. La Corporación actúa no solo como autoridad, sino también con un enfoque pedagógico y de protección de la vida”,
afirmó Carlos Eduardo Rodríguez, director de Evaluación, Seguimiento y Control Ambiental de la CAR.
La entidad hace un llamado a la conciencia ciudadana, insistiendo en que los animales silvestres no deben estar encerrados en una casa o jaula, sino en su hábitat natural, donde cumplen funciones clave para el equilibrio ecológico.
📞 La ciudadanía puede reportar cualquier caso de tenencia o comercialización ilegal de fauna silvestre a través de la línea de atención de la CAR: 316 524 4031.
Fuente por: Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca